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Sobre nosotros

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Este Blog se inicio a primeros de marzo de 2020, y nuestro inicio rezaba" el  mundo vive  una  maravillosa  etapa, y este Blog nace como forma de participar en este nuevo  momento, aportando  noticias e  ideas, pretendiendo ser  más que una gota en la Mar". Es doloroso tener  que cambiar  nuestro inicio, pero lo hemos hecho: "El mundo vive un momento muy difícil y triste pero seguimos queriendo participar  aportando  noticias e ideas, aunque ahora no pretendamos ser más que una gota de agua en la Mar".  Abogados y Asesores Fiscales, desde 1990, concienciados en alcanzar la Igualdad plena entre mujeres y hombres, sintiendo la necesidad de avanzar en otras formas, más efectivas y modernas, de resolver los conflictos,  nos hacen crear CEIMA , una  Consultora especializada en Igualdad, Mediación y Arbitraje. 30 de abril de 2020 Resultados de la búsqueda Resultados www.igualdadyarbitraje.es  › arbitraje

¿Cuál es la diferencia entre Acuerdo Extrajudicial de Pagos y Concurso Consecutivo ?

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El Acuerdo Extrajudicial de Pagos , es un proceso, llamado de mediación concursal, cuyo objetivo es   llegar a un acuerdo entre el deudor y   los acreedores con la ayuda de un mediador profesional. El resultado pueden ser dos: .-   Llegar a ese acuerdo   en cuyo caso, habrá   quitas y   esperas, finalizando   el proceso con el deudor llegando a un acuerdo para saldar   sus deudas y con los acreedores   cobrado una parte de sus deudas, sin derecho a la reclamación del resto. .- No conseguir un acuerdo y tener que iniciar un Concurso Consecutivo El Concurso Consecutivo , proviene de un expediente de Acuerdo Extrajudicial de Pagos   en el que se han dado estos resultados: -       .-    No se ha llegado a un acuerdo -        .-   Se ha llegado a un acuerdo y se ha incumplido -         .-   El acuerdo ha sido anulado judicialmente.     Mayo 2020                                                

Las Mejores mediadas para conseguir la Igualdad en unaEmpresa

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La desigualdad no beneficia a nadie, ni a los hombres ni a las empresas. Las empresas están siendo consciente de la importancia de trabajar por la igualdad y por la conciliación. Los beneficios que puede conseguir una empresa trabajando por la Igualdad se pueden resumir en los siguientes: .- M otivos legales para tener un plan de igualdad, como la obligatoriedad, la contratación pública. .- Las acciones de conciliación e igualdad mejoran la eficacia de la gestión en recurso humanos, mejoran al imagen de la empresa, es un buen aliciente para contratar y retener a los mejores trabajadores y trabajadoras. Podemos hacer dos grupos de Medidas: Medidas de Conciliación: Retribución flexible Flexibilidad de Horarios Tele-trabajo  Actividades: Jornadas familiares, gimnasio, yoga, desayunos etc. Acciones y cursos de información y formación Turnos especiales para personas con cargas familiares o víctimas de violencia de género. Medidas de Inclusión:

¿Qué es La Ley de la Segunda Oportunidad?

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¿Qué es la   Ley de la Segunda Oportunidad?   Es el único mecanismo que permite a personas físicas y autónomos   alcanzar un acuerdo de pagos de sus deudas. Posibilita la reducción y el aplazamiento de las deudas, además da la posibilidad de una exoneración de la obligación de pago. ¿Quién puede acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad? La Ley establece una serie de requisitos para que el deudor pueda acogerse a sus beneficios: .-No deben existir antecedentes penales por delitos económicos. .-Actuar de buena fe. .-La deuda debe ser inferior a cinco millones de Euros. ¿Cuál es el procedimiento? Existe un   primer procedimiento denominado ACUERDO EXTRAJUDICIAL DE PAGOS, donde el deudor y los acreedores deberán intentar alcanzar una refinanciación de la deuda. Estos acuerdos nunca pueden ser superiores a diez años y la cuantía de la reducción dependerá de las posibilidades reales del deudor para su pago. En caso de no llegarse a un acuerdo se inici